- Las autoridades escolares deben
- Identificación:
El siguiente paso ante la sospecha o
evidencia de un incidente de maltrato es su comunicación o
evidencia de un incidente de maltrato es su comunicación o
denuncia ante los organismos oficiales pertinentes. El
maltrato a un niño está penalizado por la ley (Código del
niño, niña y adolescente) y el comunicarlo a la autoridad es
un derecho para el ciudadano común y una obligación para
los empleados públicos en general y maestros, docentes,
médicos, enfermeras, asistentes sociales, en particular, por
las características de su trabajo. El denunciante no tiene que
probar el maltrato, ni cómo o cuándo sucedió el mismo ni
por qué investigar; una vez hecha la comunicación, será
la justicia quien lo haga.
- Denuncia o comunicación:
Una vez hecha la denuncia o comunicación,
el juzgado civil está automáticamente involucrado en su
el juzgado civil está automáticamente involucrado en su
seguimiento. Formulada por cualquier medio la denuncia, el
juez, al tomar conocimiento de los hechos que motivaron la
denuncia, podrá ordenar la exclusión del autor del maltrato
,
de la vivienda donde habita el grupo familiar, prohibiendo el
acceso de éste al domicilio del damnificado, como a los
lugares de trabajo o estudio y decretar
provisoriamente alimentos, tenencia y derecho de
comunicación con los hijos.
- Evaluación inicial e investigación:
Es extremadamente perturbador para un
docente el tomar conocimiento o simplemente sospechar
docente el tomar conocimiento o simplemente sospechar
que un colega puede estar maltratando a un alumno. A
pesar de ello esto puede ocurrir y en estos casos el niño
maltratado requiere una protección especial. No olvidar que
el niño/a está hablando de un hecho que lo perturba, le
genera culpa e involucra a alguien que tiene poder sobre él
Cuando "la escuela" sospecha que uno de los suyos es un
abusador, mas aún en aquellos casos en que se trata de un
empleado de larga trayectoria, una respuesta puede ser que
se niegue o ignore lo sucedido. Antes de cualquier
intervención se deberá solicitar el asesoramiento de
profesionales y/o docentes capacitados en el abordaje de
esta problemática.
·PREVENCION:
Siguiendo el concepto médico, la prevención puede tener
lugar en diferentes niveles: prevención primaria, secundaria
y terciaria.
- La prevención primaria
- Pretende disminuir el número de casos o su
- aparición; se refiere a métodos aplicados a
la población general y actúa antes de que se presente
cualquier tipo de manifestación.
.
desencadenantes; se refiere a esfuerzos dirigidos hacia
quienes se hallan o pudieran estar en una situación de
alto riesgo de sufrir un trastorno determinado.
secuelas e incapacidades después de que la enfermedad ha
aparecido, mejorar la calidad de vida de las personas
incapacitadas y evitar su recaída; es decir, son aquellas
intervenciones que se dan tras la identificación de la
enfermedad.
.
- La prevención secundaria
- Pretende reducir la prevalencia y reducir al
desencadenantes; se refiere a esfuerzos dirigidos hacia
quienes se hallan o pudieran estar en una situación de
alto riesgo de sufrir un trastorno determinado.
- La prevención terciario
- Pretende aminorar la prevalencia de las
aparecido, mejorar la calidad de vida de las personas
incapacitadas y evitar su recaída; es decir, son aquellas
intervenciones que se dan tras la identificación de la
enfermedad.
En este sentido, la escuela puede intervenir antes y después
de ocurrido el maltrato.




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