viernes, 27 de febrero de 2015

DEFINICION DEL MALTRATO INFANTIL

Se le llama maltrato infantil a cualquier abuso físico, mental o sexual cometido contra un menor. Puede ocurrir en su casa, en su escuela o en las comunidades con las que el niño interactúa, y debido a la etapa en la que se encuentran, puede afectar de forma definitiva el crecimiento y el desarrollo del menor durante el resto de su vida.

En muchos países, evitar y castigar el maltrato infantil se considera un asunto de alta prioridad dentro de las agendas políticas, de manera que existen muchas leyes y políticas enfocadas específicamente a este asunto. Diferentes países han establecido sus propias definiciones de lo que constituye el maltrato infantil y en que casos el niño debe ser retirado de su familia y los padres o responsables enviados a prisión. La razón por la que existen tantas definiciones es que, entre especialistas, aún no se ha llegado a un consenso sobre lo que es y lo que no es un maltrato infantil.
Históricamente, el maltrato infantil siempre ha estado presente, pero fue hasta recientemente cuando se comenzó a hablar de prevenirlo y tratarlo como un delito. En la antigua Roma, por ejemplo, era legal que un padre asesinara a su hijo, y muchas culturas permitían el vender a los hijos como esclavos o mercancía. En la mayor parte del mundo occidental, sin embargo, hoy en día estas prácticas son ilegales, y el castigo físico también ha sido prohibido o limitado a acciones ligeras. Además, se han tomado iniciativas para regular o prohibir el uso de menores como mano de obra.
Pese a los avances, hay que destacar que en muchas otras naciones las leyes para protección de los menores aún son vagas o inexistentes, permitiendo abiertamente el comercio de los hijos y su uso como mano de obra sin ninguna clase de derecho o garantía laboral.

TIPO DE MALTRATO INFANTIL

A continuación, vamos a definir cada uno de los tipos de maltrato infantil señalados, aludiendo a las distintas formas que presentan, sus indicadores y a los posibles efectos que pueden producir en los niños:


  • Maltrato físico: comprende los actos cometidos por padres o adultos cuidadores contra niños y niñas que les generan lesiones físicas temporales o permanentes; causados con diversos objetos (cinturones, cables de luz, palos, cigarrillos, diversas sustancias, etc.).

  • Maltrato emocional: que implica las actitudes de indiferencia, insultos, ofensas, y/o desprecios, producidos por los padre o adultos cuidadores y que los/as dañan en su esfera emocional (generándoles sentimientos de desvalorización, baja autoestima e inseguridad personal).
  • Abuso sexual: comprende las acciones recíprocas entre un niño/a y un adulto, en los que el niño/a está siendo usado para gratificación sexual del adulto y frente a las cuales no puede dar un consentimiento informado. Puede incluir desde la exposición de los genitales por parte del adulto hasta la violación del niño/a.

  • Abandono físico: comprendido por aquellas situaciones de omisión producidas por los padres o adultos cuidadores y en las cuales no se dio respuesta a las necesidades básicas de niños y niñas (alimentación, vestimenta, higiene, protección, educación y cuidados sanitarios), siendo que se podía haber respondido.


  • Abandono emocional: situaciones de omisión producidos por los padres o los adultos cuidadores que implican la no respuesta de los mismos a la satisfacción de las necesidades emocionales básicas de niños y niñas, habiéndose podido responder a las mismas.

  • Maltrato prenatal: falta de cuidado, por acción u omisión, del cuerpo de la futura madre o el auto suministro de sustancias o drogas que, de una manera consciente o inconsciente, perjudican al feto del que es portadora.

  • Explotación: laboral: situación donde determinadas personas asignan al niño con carácter obligatorio la realización continuada de trabajos (domésticos o no) que exceden los límites de lo habitual, que deberían ser realizados por adultos, y que interfieren de manera clara en las actividades y necesidades sociales y/o escolares del niño, y que son asignados al niño con el objeto de obtener un beneficio económico.

  • Mendicidad: actividades o acciones, llevada a cabo por un menor, consistente en demandas o pedir dinero en la vía pública (explotación de menores).

  • Corrupción: conductas de los adultos que impiden la normal integración social del niño y que promueven pautas de conducta antisocial o desviada (como premiar al niño por robar, alentar el consumo de drogas y/o alcohol, etc.).

  • Síndrome del bebé zarandeado: se produce por una violenta sacudida del cuerpo del lactante con el objeto de callar su llanto; se caracteriza por hemorragia retiniana, hemorragia cerebral: hemorragia subdural o subaracnoidea y ausencia de trauma craneal externo.

  • Síndrome de Münchhausen por poderes: situaciones en el que el padre/ madre (principalmente) someten al niño a continuos ingresos y exámenes médicos, alegando síntomas físicos patológicos, ficticios o generados de forma activa por el padre /madre.

SIGNOS DE ABUSOS FISICOS

Considere la posibilidad de maltrato físico en el niño cuando estén presentes:


  • Quemaduras, mordeduras, fracturas, ojos morados, o dolores en el niño que aparecen bruscamente y no tienen una explicación convincente.

  • Hematomas u otras marcas evidentes luego de haber faltado a clases.

  • Parece temerle a sus padres y protesta o llora cuando es hora de dejar el colegio para ir a su casa.

  • Le teme al acercamiento o contacto de otros mayores.

  • Nos dice que le han pegado en su casa.

Considere la posibilidad de abuso físico cuando los padres o tutores:

  • Ante una lesión o traumatismo evidente en el niño/a no brindan una explicación convincente o se enojan ante la pregunta de lo ocurrido.

  • Frecuentemente se refieren a su hijo/a como "un demonio" o en alguna otra manera despectiva.

  • Es frecuente ver que tratan al niño/a con disciplina física muy dura.

  • Sus padres tienen antecedentes de haber sido niños maltratados o abandonados.

  • Existe el antecedente de que la madre a sido golpeada.

  • Es frecuente que la madre del niño concurra con algún moretón.

SIGNOS DE NEGLIGENCIA

SConsidere la posibilidad de negligencia o abandono cuando el niño:



  • Falta frecuentemente a la escuela.

  • Pide o roba plata u otros objetos a compañeros de escuela.

  • Tiene serios problemas dentales o visuales y no recibe tratamiento acorde.

  • Es habitual que concurra a clases sucio, o con ropa inadecuada para la estación, sin que la condición de sus padres sea la de pobreza extrema.

  • Hay antecedentes de alcoholismo o consumo de drogas en el niño o la familia.

  • El niño/a comenta que frecuentemente se queda solo en casa o al cuidado de otro menor.

Considere la posibilidad de negligencia o abandono cuando sus padres o mayores a cargo:


  • Se muestran indiferentes a lo que los docentes dicen del niño/a.

  • Su comportamiento en relación al niño/a o la institución es irracional.

  • Padecen de alcoholismo u otra dependencia.

  • Tienen una situación socio económica que no explica el descuido en la higiene, el uso de vestimenta inadecuada para la estación, o la imposibilidad de solución de algunos de sus problemas de salud que presenta el niño/a.

PASOS A SEGUIR PARA DARSE CUENTA DEL MALTRATO INFANTIL

  • Las autoridades escolares deben 
transformarse en participantes activos en la prevención del abuso infantil en cualquiera de sus formas. Es por ello que todos aquellos actores involucrados más directamente con el cuidado y tutela del niño (docentes comunes y de escuelas especiales, personal de guarderías o jardines de infantes, personal de salud, institutos de rehabilitación para niños con discapacidades físicas, asistentes sociales de organismos oficiales, etc.) deben recibir capacitación adecuada para cumplir con su obligación de desarrollar tareas de prevención, identificación y comunicación o denuncia del maltrato infantil en cualquiera de sus formas.


    • Identificación:


    El siguiente paso ante la sospecha o 

    evidencia de un incidente de maltrato es su comunicación o

     denuncia ante los organismos oficiales pertinentes. El 

    maltrato a un niño está penalizado por la ley (Código del 


    niño, niña y adolescente) y el comunicarlo a la autoridad es 

    un derecho para el ciudadano común y una obligación para

     los empleados públicos en general y maestros, docentes,

     médicos, enfermeras, asistentes sociales, en particular, por 

    las características de su trabajo. El denunciante no tiene que

     probar el maltrato, ni cómo o cuándo sucedió el mismo ni 

    por qué investigar; una vez hecha la comunicación, será 

    la justicia quien lo haga.


    • Denuncia o comunicación:


    Una vez hecha la denuncia o comunicación,

     el juzgado civil está automáticamente involucrado en su

     seguimiento. Formulada por cualquier medio la denuncia, el 

    juez, al tomar conocimiento de los hechos que motivaron la

     denuncia, podrá ordenar la exclusión del autor del maltrato
    ,
     de la vivienda donde habita el grupo familiar, prohibiendo el

     acceso de éste al domicilio del damnificado, como a los 

    lugares de trabajo o estudio y decretar

     provisoriamente alimentos, tenencia y derecho de

     comunicación con los hijos.


    • Evaluación inicial e investigación:
    Es extremadamente perturbador para un

     docente el tomar conocimiento o simplemente sospechar

     que un colega puede estar maltratando a un alumno. A 

    pesar de ello esto puede ocurrir y en estos casos el niño 

    maltratado requiere una protección especial. No olvidar que

     el niño/a está hablando de un hecho que lo perturba, le 

    genera culpa e involucra a alguien que tiene poder sobre él

    Cuando "la escuela" sospecha que uno de los suyos es un

     abusador, mas aún en aquellos casos en que se trata de un 

    empleado de larga trayectoria, una respuesta puede ser que 

    se niegue o ignore lo sucedido. Antes de cualquier 

    intervención se deberá solicitar el asesoramiento de 

    profesionales y/o docentes capacitados en el abordaje de 

    esta problemática.


    ·PREVENCION:


    Para ver el gráfico seleccione la opción 

    "Descargar" del menú superior

     Siguiendo el concepto médico, la prevención puede tener 

    lugar en diferentes niveles: prevención primaria, secundaria 

    y terciaria.


    • La prevención primaria


     

    • Pretende disminuir el número de casos o su 

    • aparición; se refiere a métodos aplicados a 

    la población general y actúa antes de que se presente

     cualquier tipo de manifestación.





    .

    • La prevención secundaria 


    • Pretende reducir la prevalencia y reducir al 
    máximo las manifestaciones tras el contacto con los agentes

     desencadenantes; se refiere a esfuerzos dirigidos hacia

     quienes se hallan o pudieran estar en una situación de 

    alto riesgo de sufrir un trastorno determinado.


      • La prevención terciario


      • Pretende aminorar la prevalencia de las 

      secuelas e incapacidades después de que la enfermedad ha

       aparecido, mejorar la calidad de vida de las personas 

      incapacitadas y evitar su recaída; es decir, son aquellas

       intervenciones que se dan tras la identificación de la 

      enfermedad.



        En este sentido, la escuela puede intervenir antes y después

         de ocurrido el maltrato.